La Inspección de Trabajo vuelve a dar la razón a alternativa Sindical contra LOOMIS

Nuevo ‘batalla’ ganada de Alternativa Sindical contra la empresa LOOMIS Spain SA, dedicada al sector del transporte de valores y con más de 3.000 trabajadores en plantilla, tras la denuncia presentada por Manuel Rueda, de Alternativa Sindical, ante la falta de abono a los trabajadores de la Delegación de Sevilla por el tiempo dedicado a la supuesta realización del reconocimiento médico por la empresa desde 2018 hasta el año 2022 y que tuvo que realizar en su jornada de descanso con los correspondientes desplazamientos.
Reiterada Jurisprudencia ha venido reconociendo que el tiempo que los trabajadores dediquen a la
realización de exámenes y reconocimientos derivados de la obligación empresarial de vigilancia
de la salud han de considerarse retribuidos e incluidos dentro del cálculo de la jornada laboral. En este sentido, en base a la LPRL, el empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la
vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo y pudiendo llevarse a cabo sólo cuando el trabajador preste su consentimiento.
Por ello el tiempo que los trabajadores dediquen a la realización de exámenes y reconocimientos
derivados de la obligación empresarial de vigilancia de la salud han de considerarse retribuidos e
incluidos dentro del cálculo de la jornada laboral. Por ello, Alternativa Sindical solicitó, tras la denuncia presentada, que se procediera a extender carta de liquidación de cuotas y que se tuvieran en cuenta las cantidades no abonadas en la nómina a los trabajadores, así como que se obligara a la mercantil al abono y cotización del salario no abonado por el reconocimiento médico realizado.
Una vez comprobado por el ministerio de Trabajo la denuncia y veracidad de los hechos, y tras reconocer LOOMIS que algunos trabajadores se han sometido a reconocimiento médico fuera de su jornada laboral, en concreto algunos del turno fijo de tarde, aportando listado de trabajadores que percibirán el pago de las horas dedicadas a estos reconocimientos en la próxima nómina de Julio y realizar liquidación complementaria por estos importes..
La citada Fundamentación jurídica va en base al artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 que prevé que la formación a los trabajadores en materia preventiva deberá impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma, nada similar prevé el artículo 22 en relación a la vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores.
Por tanto, nuevo éxito de Alternativa Sindical en pos del bienestar y buenas condiciones laborales de sus afiliados y representados ante LOOMIS que tendrá que ponerse al día con sus trabajadores de las cantidades pendientes con sus empleados.
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