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LA INSPECCIÓN DE TRABAJO DE MÁLAGA SANCIONA A PROSEGUR POR NO ENTREGAR LOS CUADRANTES ANUALES DE TRABAJO Y VULNERAR EL DERECHO A LA DESCONEXIÓN DIGITAL

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Málaga ha sancionado a Prosegur Soluciones Integrales de Seguridad de España SL por el incumplimiento del artículo 52.2 del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad, en relación con la entrega de los cuadrantes anuales de trabajo. Resolución que se produce tras la denuncia presentada por Alternativa Sindical Málaga, en defensa de los derechos de los trabajadores de la empresa. Y sanción con mayor cuantía económica que la anterior, ya que fue sancionada por el mismo motivo también el año pasado.

El citado incumplimiento afecta directamente a la organización de la vida personal y familiar de los vigilantes de seguridad, quienes tienen derecho a conocer con anterioridad planificación laboral anual, algo que Prosegur incumple. El objetivo primordial de Alternativa Sindical ha sido siempre el de denunciar cualquier tipo de irregularidad que afecte al derecho de los trabajadores con el fin de buscar las mejores condiciones posibles para los profesionales del sector de la vigilancia privada.

Con fecha 3 de Marzo de 2025, la empresa remitió diversa documentación e información relacionada con los hechos denunciados,  ya que con respecto al hecho de que el servicio Mayoral deba tener un cuadrante anual, como establece el artículo 52.2.h: “Dada la enorme dificultad operativa que supone la implantación práctica de este tipo de cuadrantes anuales que ya se viene realizando, expresamente se acuerda que como mínimo el 65% de los servicios de la empresa dispondrá de cuadrante anual, afectando, exclusivamente, a los servicios fijos o estables en los términos antes expuestos”.

Pero se da el caso que durante las actuaciones inspectoras, la empresa no remitió al Inspector la acreditación de entrega, al Comité de Empresa y a las personas trabajadoras afectadas, de los cuadrantes anuales de los servicios fijos y estables, lo que supone el incumplimiento del citado artículo del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad.

Esta es además la segunda vez  que es sancionada Prosegur  por el mismo motivo y el mismo lugar de trabajo,  en los años 2024 y 2025, algo que sin duda llama poderosamente la atención sobre la forma de actuar por la citada empresa de seguridad pese a haber sido ya sancionada con anterioridad.

Por ello, la Inspección de Trabajo ha formalizado acta de infracción, proponiéndose la correspondiente sanción económica para la empresa Prosegur Soluciones Integrales de Seguridad de España SL por no entregar los cuadrantes anuales. De la misma forma, en relación con los hechos denunciados relativos a la vulneración del derecho de desconexión digital del trabajador, se le insta a que interponga nueva denuncia indicando supuestos concretos en los que el trabajador encontrándose fuera de su jornada laboral, recibiera llamadas y mensajes por parte de la empresa.

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