SASEGUR CONDENADA A ABONAR A UN VIGILANTE LA FORMACIÓN ONLINE EN SU TIEMPO LIBRE CON RECARGO DE UN INCREMENTO DEL 75%
Importante sentencia la ganada por Alternativa Sindical contra la empresa Sasegur SL en el Juzgado número 1 de Mieres (Asturias), una vez que el Magistrado Juez del Tribunal de Instancia haya estudiado los autos y condenando a la empresa demandada a abonar al trabajador la totalidad del tiempo invertido en la formación online, en sus días de descanso, más un recargo del 75% sobre el valor de la hora extraordinaria, después de la negativa inicial de la empresa a hacerlo.
La empresa Sasegur SL, en su pretensión alegaba que ese tiempo debe ser considerado tiempo efectivo de trabajo a compensar en su momento sobre la jornada laboral del trabajador, es decir sobre las 162 horas que tiene obligación de efectuar al mes o en su caso sobre las 1782 horas que debe realizar anualmente, argumento que ha sido tirado por tierra a las primeras de cambio.
Tras un primer intento con el perceptivo acto de conciliación, quedó formulada la demanda por parte de Alternativa Sindical, como siempre en busca de los derechos fundamentales del trabajador solicitando el abono correspondiente tras comprobarse que el vigilante de seguridad que presta sus servicios en el centro de Sasegur SL de Langreo.
El trabajador realizó el curso de reanimación cardiovascular y primeros auxilios con una duración de 5 horas, siendo convocado por la empresa para el ejercicio de tiro olímpico en Belonga, Olvido, con una duración de 4 horas siendo el valor de la hora extraordinaria de 12,47 euros.
Tres cuestiones han integrado la cuestión litigiosa debatida en los autos donde se reclamaba la retribución de las horas de formación, la eventual valoración que ha de merecer la misma, así como los gastos de desplazamiento al ejercicio de tiro. Con respecto a la primera cuestión, se aprueba una compensación horaria conforme a lo previsto en el artículo 52 del Convenio que delimita la jornada anual en 1782 horas, con un desglose mensual de 162 junto a la previsión de recuperación de déficits o excesos de jornada.
Igualmente se le exige a la empresa la retribución de la actividad formativa realizada fuera de la jornada laboral, así como el kilometraje por el desplazamiento del ejercicio de tiro donde el trabajador se vio obligado a realizar un desplazamiento de 37 kms ida y otros tantos de vuelta además del tiempo invertido para ello.
Por todo esto, el Magistrado Juez del Tribunal de Instancia, plaza número 1, Sección Social de Mieres, tras estudiar los autos condena a la empresa Sagesur SL a compensar al vigilante de seguridad por las horas invertida y el gasto en sus horas libres y advirtiéndole que contra ella no cabe reponer recurso alguno.
Nueva sentencia ganada por el departamento jurídico de Alternativa Sindical en su constante lucha por defender los derechos de los trabajadores de la seguridad privada como reconoce a este medio su portavoz nacional, Alberto García. «Nuestro objetivo no es otro que seguir velando por las mejores condiciones laborales de todo el sector de la vigilancia privada sea cual sea la empresa y siempre cuidando que se cumple el Convenio y que los vigilantes sepan que no están solos, y que desde Alternativa Sindical siempre son nuestra prioridad».