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ALTERNATIVA SINDICAL CONSIGUE QUE LAS HORAS DE PERMISO RETRIBUIDO SE COMPUTEN A RAZÓN DE LA JORNADA PROGARMADA EN EL CUADRANTE

Nuevos problemas para Securitas Seguridad SA después de que la Inspección Provincial de Trabajo de Barcelona haya verificado que la empresa mencionada viene computando incorrectamente las horas de permiso retribuido, asignando de forma automática 7,48 horas por jornada, incluso cuando en el
cuadrante del trabajador figuraban turnos previamente programados de 10 o 12 horas.

Todo ello tras la denuncia presentada por Alternativa Sindical toda vez que el trabajador disfrutaba del permiso pero acumulando un déficit de jornada que después terminaba perjudicándole, algo que no es legal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.c de la Ley 39/2015,- en relación con el artículo 9.3 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por la cual se le comunica que la presente actuación inspectora ha dado lugar al inicio de procedimiento sancionador, cuyo conocimiento y resolución corresponde al Director dels Serveis Territorials del Departament d ́Empresa i Treball.

La propia Inspección Provincial de Trabajo de Barcelona recuerda que la doctrina de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo es clara, por tanto, si un permiso retribuido coincide con una jornada ya planificada, debe computarse exactamente la jornada asignada en cuadrante, y nunca una media artificial inferior.

De la misma forma, se ha constatado otro incumplimiento importante como que la empresa tampoco abonó correctamente los pluses salariales vinculados a esas jornadas de permiso. Concretamente, en los casos analizados, trabajadores con turnos nocturnos y festivos dejaron de percibir cantidades correspondientes a
plus de nocturnidad, plus de festividad, horas programadas en festivo coincidentes con permisos retribuidos
y CPT (Complemento puesto de trabajo).

Igualmente, la Inspección concluye expresamente que esos complementos salariales sí deben abonarse cuando estaban previamente programados en cuadrante, aunque el trabajador esté disfrutando de un permiso retribuido.

Así, como resultado de todo ello, se ha extendido la correspondiente acta de infracción contra Securitas, al apreciarse incumplimiento en el cómputo correcto de jornada durante permisos retribuidos e impago parcial del salario por no abonar pluses debidos.

En definitiva, esta resolución vuelve a demostrar algo fundamental: Cuando se denuncia con base jurídica, los incumplimientos, antes o después, salen a la luz.

Ante esta nueva victoria de Alternativa Sindical ante Securitas Seguridad SA, Alberto García, portavoz del sindicato señala con rotundidad: «Desde Alternativa Sindical seguiremos vigilando cada cuadrante, cada nómina y cada interpretación empresarial que recorte los derechos de los trabajadores, porque los permisos retribuidos no pueden convertirse en pérdida salarial ya que lo que está en cuadrante se respeta siempre».

Por último, el propio Alberto García destaca que «los derechos no se negocian, se exigen. Y eso es lo que hemos hecho y seguiremos haciendo desde Alternativa Sindical ya que nuestro deber es el de defender lo que es de todos y lo que por Ley le corresponde a los trabajadores de la seguridad privada».

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